Informate del Pago de Aseo que cobra el municipio

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¿Qué es el pago de Derechos de Aseo?

Decreto Ley N° 3.063 sobre Rentas Municipales

  • Art. 7.- Las municipalidades cobrarán una tarifa anual por el servicio de aseo. Dicha
    tarifa, que podrá ser diferenciada según los criterios señalados en el artículo anterior,
    se cobrará por cada vivienda o unidad habitacional, local, oficina, kiosco o sitio eriazo.
  • Cada municipalidad fijará la tarifa del servicio señalado sobre la base de un cálculo
    que considere exclusivamente tanto los costos fijos como los costos variables de
    aquél.
¿Porqué se paga Derechos de Aseo?
  • De acuerdo al Decreto Ley N° 3.063, la Municipalidad está facultada para cobrar directamente el Derecho de Aseo, por el servicio de recolección y disposición final de residuos domiciliarios que presta a toda la comunidad.

El monto a cobrar, está estipulado en Ordenanza Tarifa de Aseo Municipal N°03/2023 ordenanza local sobre determinación del monto de la tarifa de aseo domiciliario comunal.

¿Quiénes pagan directamente en el municipio?
  • Las propiedades con avalúo fiscal igual o superior a 225 UTM hasta un avalúo de 56.846.995 pesos, las que estarán afectas al cobro municipal por el servicio de recolección de residuos domiciliaros.
¿Cuánto debo pagar?

AÑO 2024

  • 1ra. cuota 30 abril:  $6.396.-
  • 2da cuota 30 junio:  $6.396.- 
  • 3ra. cuota 30 de septiembre:  $6.550.-
  • 4ta. cuota 30 noviembre: $6.550.-
¿Quién está exento de pago?
  • Toda propiedad cuyo avalúo fiscal sea inferior a 225 UTM.

  • Todo usuario que solicite la exención parcial del 50% de los derechos de aseo domiciliario.  

¿Qué pasa si me atraso en el pago?
  • El atraso del pago del derecho de aseo genera intereses y multas mensuales.
  • Se inicia proceso de cobrabilidad administrativa y judicial.
¿Si me encuentro moroso en el pago, puedo pagar?
  • El atraso del pago del derecho de aseo genera intereses y multas mensuales.
  • Se inicia proceso de cobrabilidad administrativa y judicial.
¿Dónde realizo el trámite?
  • Si se encuentra en situación de morosidad: 
      • Este tramite se realiza en oficina de Dirección de Administración y Finanzas,  Av. Arturo Prat #298, Teno.
      • Horario de lunes a viernes de 08:30 a 13:45 hrs.

  • Si no se encuentra en situación de morosidad:
  • Este tramite se realiza en oficina de Dirección de Administración y Finanzas,  Av. Arturo Prat #298, Teno.
  • Horario de lunes a viernes de 08:30 a 13:45 hrs.

  • Online en www.teno.cl sección trámites/en línea.
¿Qué dice la ley 21.554? ¿Cuáles son sus beneficios?
  • La presente ley faculta a las municipalidades del país a condonar hasta el 100% de las
    deudas de una data superior a 5 años. Además de la posibilidad de condonar el hasta el 100% de las multas e intereses cuando la deuda se pague al contado; y hasta el 70% de multas e intereses en caso de que se suscriba un convenio de pago.

  • En el caso de nuestra Municipalidad de Teno, el Alcalde con acuerdo del concejo
    municipal propuso la condonación total de la deuda de todos los vecinos de
    Teno, sin que sea necesario que se solicite por cada propietario.

  • Respecto a las condonaciones de multas e intereses, también se adscribió a la
    condonación máxima que establece la ley, pudiendo celebrar convenios de pago con
    rebaja del 70% de multas e intereses y pago al contado con 100% de rebaja en multas
    e intereses.

¿Quién puede pagar?
  • Para pagar, puede hacerlo cualquier persona natural, con el Rol de la propiedad.
¿Quién puede hacer un convenio de pago?
  • En nuestra comuna el trámite lo puede realizar sólo el propietario del inmueble o bien raíz.

¿Tengo que pagar un pie para el convenio de pago?
  • Si, en virtud de nuestra ordenanza de Cobros de Derechos Municipales por Servicios,
    Concesiones y Permisos,  se establece que debe pagarse un 30% del total de la deuda.

¿Cómo puedo pagar si el dueño de la propiedad falleció?
  • Cualquier persona puede pagar la deuda de una propiedad cuyo dueño falleció, pero
    solo puede hacer un convenio de pago quien acredite ser el nuevo dueño.

¿Cuantas cuotas puedo solicitar?
  • Por aplicación de la Ley que entrega beneficios para el pago de los derechos de aseo,
    se puede solicitar de 1 a 12 cuotas.

¿Si ya tengo convenio puedo solicitar uno nuevo?
  • Si tiene convenio vigente, no podrá solicitar un nuevo convenio. Caso distinto ocurre
    con los convenios morosos, los que serán caducados si tiene dos o más cuotas
    vencidas.

Quiero vender mi casa y tengo deuda, ¿Qué debo hacer?
  • Puede acercarse a regularizar su situación de deuda en la Oficina de Administración y Finanzas, ubicada en el primer piso del Edificio Consistorial, en Av. Arturo Prat 298,
    Teno. Una vez pagada la deuda, podrá solicitar el respectivo Certificado de no
    deuda en la misma oficina.

¿Por qué si antes no pagaba derecho de aseo ahora sí?
  • El Derecho de Aseo se paga en todas las propiedades cuyo monto de avalúo fiscal
    sobrepase las 225 UTM, por lo que, si su propiedad supera el valor, deberá pagar los
    respectivos derechos.

¿Quién está exento de pagar basura?
  • Las propiedades que posean un avalúo inferior o igual a 225 UTM están exentos del cobro de derechos de aseo.

Si compro una propiedad con deuda ¿debo hacerme responsable de ella?
  • Al comprar un inmueble, éste se adquiere en el estado en que se encuentra y por ende el comprador o nuevo propietario del mismo se encuentra obligado a pagar el
    derecho de aseo domiciliario devengado con anterioridad a la adquisición.

¿Qué pasa si me atraso en el pago?
  • El atraso en el pago del derecho de aseo genera intereses y multas mensualmente.

¿Puedo solicitar condonación de deuda?
  • No. Las Municipalidades no están facultadas para condonar deudas, multas y/o intereses.

  • Las condonaciones solo pueden realizarse en virtud de una ley que lo autorice.

¿Por qué no me comunicaron la existencia de esta deuda?
  • El aviso de cobro de las deudas de derechos de aseo a través de cartas al domicilio es un servicio que proporciona la Municipalidad con el objeto de recordar y facilitar el pago de este derecho, pero que no tiene carácter de obligatorio, por lo que el municipio no incurre en incumplimiento alguno por el hecho de no despachar dicha comunicación.

  • En caso de no llegar el aviso al domicilio, se debe acudir a la Oficina de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Teno, ubicado en Av. Arturo Prat N°298,
    Teno.

  • Conforme a pronunciamiento de Contraloría General de la República (dictamen
    37.200 del 5 de octubre de 1999) por el hecho de haber sido publicada la ley se
    entiende conocida por todos ésta obligación. El reparto de los avisos de cobro a
    través de cartas se realiza para recordar y facilitar el pago de este derecho.

Atención Telefónica

Atención telefónica desde las 09:00 a 13:45 hrs. Fono: 75 2552825.

Correo electrónico soporte

Consultas y soporte al mail: derechosdeaseo@teno.cl

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