SECRETARIA MUNICIPAL

                   SECRETARIO MUNICIPAL

secretario munic

MANUEL VILLAR FUENTES

FUNCIONES

A la Secretaría Municipal le corresponden las siguientes funciones específicas:

  • Servir de Secretaría Administrativa del Alcalde y del Concejo Municipal.
  • Confeccionar los decretos y resoluciones para ser suscritos por el Alcalde, salvo aquellos que por versar sobre materias técnicas específicas, su confección está radicada en la unidad de origen.
  • Certificar que las copias son fieles a los originales de los decretos, reglamentos, ordenanzas y resoluciones municipales.
  • Llevar el archivo de todos los documentos antes indicados.
  • Cumplir las funciones que le asigna la Ley Nº 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias.
  • Recibir los antecedentes sobre construcción de nuevas organizaciones comunitarias que soliciten su inscripción en el Registro de Organizaciones Comunitarias que de conformidad a la Ley Nº 19.418 lleva la Secretaría Municipal, para proceder a su inscripción y la obtención de la personalidad jurídica.
  • Preparar los documentos que den respuesta a las organizaciones, ya sea informándoles de la conformidad de los antecedentes que avalaron su inscripción o detallándoles las observaciones que deben subsanar para que la personalidad jurídica obtenida quede a firme.
  • Incorporar al Registro de Organizaciones Comunitarias, todas las modificaciones que las entidades inscritas hagan a sus estatutos, directivas, nóminas de socio y otros antecedentes que por disposición legal las organizaciones deben informar a la Secretaría Municipal para mantener actualizados sus antecedentes y plenamente vigente su personalidad jurídica. Caducar las que no funcionen.
  • Supervisar el constante flujo, control, archivo y conservación de la documentación oficial que ingresa y egresa de la Municipalidad, proporcionando en forma rápida y expedita la información que se requiera para la actividad municipal.
  • Tener a su cargo el trámite de ingresos, clasificación y distribución de la correspondencia oficial y mantener archivos actualizados de la documentación recibida y despachada por la Municipalidad.
  • Efectuar el control de la tramitación de la documentación oficial interna y externa de la Municipalidad.
  • Actuar como Ministro de Fe en todas las actuaciones Municipales.
  • Desarrollar las actividades específicas que le asigna la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en relación a la constitución y funcionamiento del Concejo Municipal.
  • Preparar las convocatorias a las sesiones del Concejo y velar por su oportuno despacho a los señores concejales.
  • Confeccionar las actas de las sesiones del Concejo.
  • Llevar un registro con todos los acuerdos del Concejo y de la documentación que sale y llega a éste.
  • Recibir, mantener y tramitar cuando corresponda, la declaración de intereses establecidos por la ley Nº 18.575.
  • Cumplir con las demás funciones que el Alcalde le asigne de acuerdo a la naturaleza de sus funciones, que estén dentro del marco legal y que no sea de aquellas que la ley asigna a otras unidades.

OFICINA DE PARTES Y ARCHIVO.

Su objetivo es organizar, coordinar, archivar, registrar y distribuir toda la documentación oficial que ingresa a la Municipalidad, así como la que egresa suscrita por el Alcalde.

FUNCIONES:

  • La Oficina de Partes y Archivo tiene a su cargo las siguientes funciones:
  • Realizar las operaciones necesarias para mantener un constante flujo, control, archivo y conservación de toda la documentación oficial que ingresa y egresa de la Municipalidad, promocionando en forma rápida y expedita la información que se requiera para la actividad municipal.
  • Tener a su cargo el trámite de ingresos, clasificación y distribución de la correspondencia oficial.
  • Mantener un archivo actualizado de la documentación oficial recibida y despachada por la Municipalidad.
  • Cumplir con las funciones que el Alcalde le asigne, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del marco legal.

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